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Sin duda, una de las enseñanzas medioambientales más importantes que nos dejaron los Juegos Panamericanos fue que los humedales de nuestro país son ecosistemas que albergan formas de vidas fascinantes y únicas, como el ahora amado pájaro de 7 colores, especie que se hizo reconocida a través de la querida mascota del evento deportivo “Fiu”.

Y es con respecto a la protección de estos ambientes es que recientemente los Ojos del Mar de Llolleo, San Antonio, fueron declarados como humedal urbano, aumentando el nivel de protección reciben por parte del Estado. El camino hacia la decisión no estuvo exento de polémicas, y es con respecto a esto que conversamos con la Ministra Presidenta del Segundo Tribunal Ambiental, Marcela Godoy.

La controversia se desató cuando el Ministerio del Medio Ambiente excluyó el humedal del catálogo de humedales, desencadenando una serie de reclamaciones por parte de la municipalidad y las comunidades afectadas. Godoy explicó que “ante la negativa del ministerio, comunidades y la municipalidad interpusieron reclamaciones para que el tribunal declarara ilegal el acto del Ministerio del Medio Ambiente”.

En esa línea, la ministra reveló un momento clave en el proceso de protección del humedal. “El puerto se incorpora voluntariamente a esta conciliación y evidentemente eso también hace que todos los agentes intervinientes se comprometan respecto del objeto de protección, que es el humedal Ojos de Mar de Llolleo”, afirmó Godoy.

¿Cómo se llegó a la protección del ahora Humedal Ojos de Mar?

El acuerdo conciliatorio fue alcanzado con la conformidad de todas las partes involucradas, quienes, según la Ministra Presidenta, demostraron su compromiso después de un arduo trabajo que incluyó la participación activa del tribunal y sus expertos científicos, realizando visitas al humedal para recopilar información crucial para las bases conciliatorias.

Marcela Godoy destacó la singularidad del proceso al señalar la ausencia de normativas específicas para la conciliación en casos de reclamaciones por ilegalidad de actos administrativos. “Nuestra ley 20.600 establece la conciliación como una salida colaborativa a un conflicto ambiental, pero respecto de las reclamaciones por ilegalidad de actos administrativos no existe una norma específica”, explicó la Ministra Presidenta.

En un giro inédito, el Segundo Tribunal Ambiental, en línea con el artículo primero de la ley que los obliga a dar soluciones a la conflictividad socioambiental, asumió la solicitud de las partes y trabajó en este desarrollo pionero. “Marcamos un hito en materia ambiental“, afirmó Godoy.

En cuanto a la estructura del tribunal, la Ministra Presidenta resaltó la innovación: “Somos un tribunal mixto, una tremenda innovación en todo el mundo“. Con un enfoque especializado en resolver controversias ambientales, el tribunal cuenta con una integración única de profesionales, incluyendo abogados y científicos con igual capacidad de voto y resolución.

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Martes / 22:30 / CNN Chile