El pasado domingo 17 de diciembre se llevó a cabo el Plebiscito de Salida de la segunda y última propuesta de Constitución, votación en la que la opción “En Contra” ganó con un 55% de los sufragios. Y al igual que en otras instancias similares, se dieron situaciones que llamaron fuertemente la atención de los ciudadanos que fueron a ejercer su obligación republicana.
Sin embargo, una de las escenas que más llamó la atención fue la de un hombre que fue a votar con su querida mascota. Pero no se trataba de un perro, se trataba de un bello guacamayo.
El hombre, llamado Jody, fue a votar a las mesas del Estadio Nacional acompañado por su querido loro Odín, un guacamayo ararauna de un hermoso color azul de 4 años, quien según comentó su mismo dueño “es su compañero y amigo“.
Sobre cómo se hizo del animal, Jody afirmó que “un amigo tenía un guacamayo y lo estaba vendiendo al mismo precio que yo estaba vendiendo un auto. Me dijo ‘no estás loco’. A los dos días le falló el auto y lo necesitaba y aquí está el Odín. Lo cambiamos por un auto. Nadie lo quería comprar por el tema de que venía sin plumitas, era un patito feo, y yo lo tomé y de ahí que no lo suelto”.
Una historia muy tierna, pero que frente a estas especies sumamente exóticas, cabe preguntarse la duda ¿es legal comprar y tener como mascota un animal como este?
¿Es legal tener un guacamayo?
Los guacamayos azules (ara ararauna) son aves psitaciformes endémicas de Sudamérica y su hábitat natural se extiende desde Panamá hasta el noreste de Argentina, pasando por toda la cuenca del Amazonas. Por suerte, este animal no está amenazado, pudiendo llegar a vivir hasta 50 años en condiciones favorables.
Para saber si es legal comprar un guacamayo ararauna en nuestro país, Futuro 360 conversó con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), quienes regulan la circulación de especies exóticas como estas en nuestro país. Al respecto, Marcela Cerda, jefa de comunicaciones del SAG, afirmó que la compra y venta de estas aves está bajo la jurisdicción de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
“Esta es la convención internacional que norma el comercio de especies exóticas ya animales de animales. Bajo ese convenio, que nosotros suscribimos en muchos años y está en casi todos los países del mundo, hay categorías de conservación bajo las cuales hay algunas especies de animales que se comercializan con muchas restricciones, claro, y hay algunos que no se pueden comercializar. Entonces, el guacamayo es uno de ellos“, afirmó Cerda.
Asimismo, agregó que “la ley 19.473 y su reglamento establecen que las personas que crían y comercializan fauna silvestre deben estar inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre, por lo tanto, toda adquisición de ejemplares de fauna silvestre, debe ser realizada en locales o establecimientos debidamente registrados por el SAG, los cuales están obligados a emitir un certificado a nombre del comprador, el cual individualiza al ejemplar. De esta forma se debe acreditar su origen legal, en caso de ser fiscalizado“.
Por lo que, en este caso, si Jody cuenta con los papeles que acrediten que Odín no fue traficado, es perfectamente legal que lo tenga bajo su cariñoso cuidado dentro del territorio chileno.
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