El Segundo Tribunal Ambiental rechazó, con un voto parcialmente disidente, las tres reclamaciones presentadas en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), dado que aprobó el programa de cumplimiento (PDC) del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.
Los jueces determinaron que el programa de cumplimiento (que aborda los 14 cargos formulados previamente por la SMA) se ajusta a derecho, al proyecto comprende dos centrales de pasada dispuestas en el sector alto del río Maipo: Alfalfal II y Las Lajas, en la comuna de San José de Maipo.
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Las reclamaciones fueron presentadas por la concejala de la comuna, Maite Birke y representantes de la Coordinadora Ciudadana No Alto Maipo e integrantes de la Red Metropolitana No Alto Maipo, quienes sostuvieron en una audiencia de reclamación pasada que no contaría con los contenidos mínimos exigidos por la normativa vigente y que el PDC “no se haría cargo de subsanar los efectos provocados por las infracciones cometidas, ni aseguraría que estas se vayan a cumplir correctamente a futuro.
Cabe recordar que la cuenca que recorre 250 kilómetros hasta desembocar en el Océano Pacífico, es el principal recurso hídrico de la región Metropolitana que abastece cerca del 70% de la demanda de agua potable y cerca de un 90% de las demandas de regadío. AES Andes proyecta que la generación de energía de las centrales comenzaría en diciembre de 2021.
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