En un hito sin precedentes, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha dado inicio a los primeros procedimientos sancionatorios relacionados con incumplimientos a la normativa ambiental vinculada a los impuestos verdes. Las empresas investigadas son Energía León S.A., ubicada en la comuna de Coelemu, Provincia de Itata, Región de Ñuble, y Tulsa S.A., con sede en la comuna de Lota, Región del Biobío, ambas en el sur de Chile.
Según la SMA, ambas compañías no presentaron los reportes trimestrales de monitoreo de sus emisiones, incumpliendo las disposiciones del D.S. N° 18/2016 del Ministerio del Medio Ambiente y la Resolución Exenta SMA N° 55/2018. Estos reportes son fundamentales para calcular el gravamen del impuesto verde, y su ausencia ha llevado a la SMA a iniciar procedimientos sancionatorios.
Energía León enfrenta un cargo gravísimo por no presentar los reportes trimestrales de monitoreo de emisiones correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022. La empresa arriesga una multa o incluso la clausura, con sanciones que podrían alcanzar hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTAs), equivalentes a más de $7.759.920.000 al valor actual.
Por su parte, Tulsa S.A. enfrenta una serie de cargos, incluyendo uno gravísimo y cuatro leves. Además de no presentar los reportes trimestrales de monitoreo, se le acusa de operar una caldera durante un episodio crítico en Concepción, superar los límites de emisión de material particulado y no presentar informes de muestreo e implementación de sistemas de monitoreo continuo. Las multas para Tulsa S.A. podrían llegar a 10.000 UTAs, es decir, más de $7.759.920.000, y 4.000 UTAs adicionales por los cargos leves, equivalentes a $3.103.968.000.
La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer Bodin, subraya la importancia de los impuestos verdes como herramienta económica para responsabilizar a las fuentes contaminantes. Plumer Bodin destaca que el incumplimiento de las empresas en entregar información sobre sus emisiones va en contra de la normativa ambiental y afecta la calidad del medio ambiente.
Las empresas señaladas tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y 15 días hábiles para formular sus descargos tras la notificación de los procedimientos sancionatorios. Este acontecimiento marca un precedente significativo en la aplicación de medidas ambientales y refuerza la necesidad de transparencia y responsabilidad en el sector empresarial.
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