En los últimos años, el país está experimentando una alteración en el régimen pluviométrico de las precipitaciones, lo que se atribuye a una sequía que lleva alrededor de 10 años en el territorio. Este fenómeno también ha afectado incluso a regiones del sur de Chile, conocidas por sus abundantes lluvias y caudales.
De manera extraordinaria, el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, firmó el primer decreto de escasez hídrica para la región de Los Ríos, tras el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Dirección General de Aguas (DGA) para calificar la zona en condición de extraordinaria sequía, por seis meses prorrogables.
“Este decreto de escasez, que permite la aplicación de una serie de herramientas para ayudar especialmente en las zonas rurales, es parte de un trabajo integral para enfrentar este escenario de menor disponibilidad hídrica que, todo indica, será permanente”, señaló el jefe de cartera en un comunicado de prensa.
Lee también: Crean en el país el primer Fondo de Agua para combatir la sequía en la Región Metropolitana
Este decreto se aplica a las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina, Paillaco y Panguipulli de la provincia de Valdivia en la que viven más de 290 mil personas y en La Unión, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno de la Provincia de Ranco, con 93.969 habitantes.
“Estos decretos rigen por seis meses. Se aplican desde el 2008 y hasta ahora son 190 decretos los que se han firmado. Al 26 de noviembre, se acumulan 37 durante el 2021, ubicándose como el año con mayor número seguido por el 2019 con 33”, explicó el Director General de Aguas del MOP, Óscar Cristi Marfil.
Lee también: Migrantes climáticos: Sequía en Somalia obliga a 100 mil personas a desplazarse de sus hogares
¿Qué implica este decreto?
Los decretos de escasez hídrica se declaran para tratar de reducir al mínimo los daños generales derivados de la sequía a través de algunas herramientas que se entregan para proteger a los usuarios de aguas y a la población en general, según se señala en el Artículo 314 del Código de Aguas.
También, en caso que los usuarios no lleguen a acuerdo en la distribución de las aguas, el decreto le da a la DGA la posibilidad de intervenir en el reparto y suspender las atribuciones de las Juntas de Vigilancia de los ríos, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez.
En el sitio web de la Dirección se publica periódicamente el informe consolidado de solicitudes temporales amparadas en los decretos de escasez.
Deja tu comentario