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Siguiendo los pasos de Alemania, Bélgica y Francia, durante los primeros días de este nuevo año en España entró en vigor la ley que deja de considerar a los animales como “bienes inmuebles” y los reconoce como seres sintientes.

Esta ley modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre un régimen jurídico de los animales -de compañía, domésticos, silvestres o salvajes-.

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Debido a que son el país con mayor tasa de abandono animal en todo Europa, la ley marca un hito en la historia española.

Estas son las medidas que contempla la ley:

  • Prohibición de sacrificar animales sin causa justificada
  • Prohibición al uso de fauna salvaje en circos
  • Venta de mascotas en tiendas
  • Futura reforma al Código Penal para endurecer penas por maltrato animal
  • Custodia compartida en caso de separación

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Mascotas miembros de la familia

Lo interesante de la última medida es que las mascotas ahora serán consideradas también como un miembro de la familia, por lo que en el caso de que una pareja decida separarse deberán asistir a tribunales para establecer regímenes de visita con la finalidad de compartir tiempo de cuidado y convivencia con el animal.

Asimismo, en caso del fallecimiento del dueño de la mascota, el animal será entregado a los herederos. Si esta persona no se quiere hacer cargo de él, la Administración deberá cederlo a un tercero para su cuidado y protección.

Pero, ¿qué ocurre si todos los herederos lo reclaman?, si no existe un acuerdo unánime sobre su destino, será la autoridad judicial quien pedirá el nuevo hogar de la mascota, teniendo en cuenta su bienestar.

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