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La Corte Suprema acogió el recurso de casación y otorgó derechos de aprovechamiento de aguas a comunidades aymara de la comuna de Putre, región de Arica y Parinacota.
El máximo tribunal del país acogió las solicitudes deducidas en contra de las sentencias en que se rechazaban las reclamaciones sobre el derecho a uso de dos puntos denominados “Totorane 3” y “Jancovinto” ubicados en Putre.
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El proceso de regularización fue iniciado por Cipriana Flores en su rol de integrante de la Comunidad Indígena Histórica y Sucesorial del Pueblo Aymara, quien indicaba que el recurso hídrico ha sido usado por las comunidades originarias de manera ancestral y desde tiempos inmemoriales.
“Que lo anterior es trascendente, toda vez que se trata de una peticionaria que integra una comunidad perteneciente a la etnia Aymara, pueblo originario del norte de nuestro país cuya existencia es reconocida y protegida por la Ley Indígena”, consigna el fallo.
En ese sentido, agregan que “la ley contempla la existencia de usos ancestrales por personas pertenecientes a los pueblo originarios, que de forma colectiva o individual ejercen un derecho consuetudinario que es reconocido por el legislador”.
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“En el presente caso se cumplen con todas las exigencias para proceder a regularizar e inscribir los derechos ancestrales de las aguas solicitados“, dice la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema.
Chile es el único país que tiene el recurso hídrico en manos privadas. La lucha por hacerlo un bien de derecho, gestión y uso público ha sido ardua. Recientemente en el Senado se rechazó consagrar el agua legalmente como pública.
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Cuando se registra la peor sequía en toda la historia de Chile, el rechazo en el Congreso sobre legislar sobre el agua y sus usos en el país, vuelve a engavetar un proyecto que estuvo a la espera de discusión por 11 años. Todo en medio del convulsionado ambiente social y frente a anuncios de posibles cortes del suministro para su racionalización en regiones como la de Valparaíso, debido a la escasez.
Aunque esta sentencia de la Corte Suprema es un avance en cuanto al acceso al agua para los pueblos originarios, el documento aclara que el fallo a favor está personalizado en Cipriana Elsa Flores Flores, miembro de la comunidad aymara y quien presentó la querella en nombre de su etnia, lo que mantiene el principio del agua como bien privado. “Se acoge la solicitud promovida por Cipriana Elsa Flores Flores, sólo en cuanto se ordena inscribir a su nombre los derechos de aprovechamiento de aguas superficiales, corrientes, de carácter consuntivo, ejercicio permanente y continuo”, señala el documento.
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