En septiembre de 2017, se promulgó en Chile la Ley Nº 21.030 que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales:
- Peligro para la vida de la mujer
- Inviabilidad fetal de carácter letal.
- Embarazo por violación.
A cinco años de este acontecimiento, Corporación Humanas emitió un nuevo informe en relación a la objeción de conciencia en establecimientos públicos de salud. Dicha ley, la cual reglamenta la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, regula de manera amplia y general la objeción de conciencia de prestadores de salud, apartándose del carácter estricto y excepcional que corresponde a dicha figura conforme al derecho internacional de los derechos humanos.
Según Corporación Humanas, “ni la ley Nº 21.030 ni el reglamento en la materia definen qué se entiende por objeción de conciencia, ni el contenido de las razones de conciencia que permitirían adscribirse a dicha figura, permitiéndose, en cambio, de manera amplia e inmotivada al personal público y privado y también –bajo la figura de la objeción de conciencia institucional– a personas jurídicas, acogerse a este estatuto”.
Los resultados indican que, en 17 de 68 establecimientos (25% del total nacional de recintos públicos que entregan la prestación), más de dos tercios de los/as médicos/as obstetras se declara objetor/a de conciencia para no intervenir frente a embarazos producto de violación.
En cuatro hospitales el 100% de especialistas se acoge a dicha figura, estos son los hospitales de Cauquenes y de Constitución de la Región del Maule, y los hospitales de Pitrufquén y de Lautaro de la Región de la Araucanía.
De 1.338 obstetras contratados/as en hospitales públicos habilitados para la realización de dichos procedimientos, 576 profesionales se acogen a dicha figura si la causal invocada por la mujer o niña afectada es el embarazo producto de violación, es decir, el 43,0%. Además, 309 obstetras se declaran objetores/as de conciencia en caso de inviabilidad fetal (23,1%) y 205 frente a la causal riesgo vital (15,3%).
Por otro lado, 198 de 924 médicos/as anestesistas de hospitales públicos se declaran objetores/as de conciencia para no intervenir en la interrupción de embarazos producto de violación (21,4%), 130 si el embarazo es inviable (14,1%) y 101 frente a riesgo vital (15,3%).
Asimismo, de 1.061 profesionales no médicos/as que se desempeñan en pabellón 165 objetan frente a la causal violación (15,6%), 123 en casos de inviabilidad (11,6%) y 95 frente a embarazos de riesgo vital (9,0%).
Por último, entre técnicos/as paramédicos/as de pabellón 255 de 1.971 se declaran objetores/as de conciencia en casos de embarazos producto de violación (12,9%), 222 frente a la causal inviabilidad (11,3%) y 197 en casos de riesgo vital (10,0%).
[Vía @futuro_360] APROFA sobre anticonceptivos y preservativos defectuosos: “Existe falta de prioridad cuando se trata de salud sexual”https://t.co/fSaP4LDskZ
— CNN Chile (@CNNChile) January 5, 2023
APROFA organización con años de trayectoria en la defensa de los Derechos sexuales y Reproductivos señala que “si bien hoy en día existen protocolos para asegurar la atención de quienes buscan interrumpir voluntariamente el embarazo en tres causales, falta fortalecer muchos aspectos, entre ellos, una mayor formación de las y los profesionales que realizan las atenciones”.
Además, añaden que “existe un desconocimiento general respecto a quién y en qué momento hacer uso de la objeción de conciencia, habiendo profesionales que hacen uso de ésta, sin estar considerados dentro de la nómina de personas que pueden proclamarse como objetores/as”.
En ese sentido, indican que “la implementación de la Ley ha estado marcada por diferentes barreras administrativas y de ejecución, que según señalan, han impedido que las personas gestantes puedan ejercer su Derecho”.
Más información sobre la Ley Nº 21.030
Para conocer más sobre las implicancias de la Ley Nº 21.030 y sobre Derechos Reproductivos en general, APROFA tiene disponible su página tienesopciones.cl, donde se puede recibir orientación en materia de salud sexual.
Esta plataforma tiene como objetivo acompañar las decisiones de las consultantes, siempre desde el enfoque de Derechos y en base a información certera libre de prejuicios y sesgo.
APROFA además cuenta con un Centro de Salud, donde los y las profesionales acompañan a las usuarias con información dentro del marco legal para resolver dudas ante una sospecha de embarazo, si deseas interrumpir la gestación por la Ley N°21.030 o continuar con esta.
Corporación Humanas solicitó información al Ministerio de Salud sobre los/as médicos/as obstetras, médicos/as anestesistas, profesionales no médicos y técnicos que se desempeñan en pabellón en cada uno de los establecimientos habilitados para la implementación de la ley sobre aborto por causales, referida al número de personal contratado y de objetores/as de conciencia en cada una de las tres causales.
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